
“Los hechos de este procedimiento tienen su origen en el fallecimiento del trabajador O.S.A. en fecha 17 de noviembre de 20222, empleado de la mercantil Ángel Granados García, que a su vez había sido contratada por el Ayuntamiento de Arboleas para la realización de la limpieza de la mina Limaria, sita en la barriada de Los Higuerales, estando acompañado por otro trabajador”, cuyas iniciales son B.C.T., según se desprende de la documentación consultada La Comarca Noticias.
“De las diligencias de instrucción practicadas se desprende indiciariamente que B.C.T se encontraba manipulando un pistolete automático, picando y recortando la parte inferior de la pared derecha de acceso a la mina, mientras el otro trabajador, O.S.A., estaba preparado para cargar con una pala manual, el escombro en una carretilla manual, cuando en un momento dado, se desprendió parte de la pared derecha, quedando sepultado O.S.A., falleciendo como consecuencia de ello”.
“Asimismo el trabajador, B.C.T., sufrió lesiones consistentes en trastorno por estrés postraumático, contusión torácica, lumbalgia postraumática, dorsalgia postraumática y posible rotura de fibras musculares, requiriendo para su sanidad, tratamiento especializado con un tiempo de curación de 187 días moderado, quedándole como secuela, trastorno por estrés postraumático de carácter leve”.
“Recibido el informe de la inspección de trabajo, se desprende que las causas del accidente fueron haber prescindido, tanto la empresa contratista, el Ayuntamiento de Arboleas, como la empresa subcontratada, de las normas que regulan este tipo de trabajos dado que los mismos exigen técnica minera, debiendo ser supervisados por la autoridad minera, necesitando apoyo constructivo, autorización administrativa, dirección de los trabajos y puesta de servicio emitida por la administración minera. Así, al Ayuntamiento le corresponde la supervisión estricta de los trabajos, cumplir con la reglamentación minera y laboral, y supervisar que el subcontratista cumple con sus obligaciones laborales”.