
La jueza magistrada del Penal Nº1 de Almería ha condenado en sentencia firme a J.A.C.R. y a la Constructora Castillo de Serón SL, de la que el acusado era administrador único, “como autor penalmente responsable de un delito de fraude de subvenciones”. El fallo al que ha tenido acceso La Comarca Noticias, establece “la pena de 1 año de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 220.174,60 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y 5 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público profesión, oficio, industria o comercio, con abono de las costas procesales”.
Los condenados indemnizarán conjunta y solidariamente a la Junta de Andalucía en la cantidad de 220.174,60 por el dinero indebidamente cobrado, cantidad que se incrementará en el interés legal. La suspensión de la pena privativa de libertad impuesta por tiempo de dos años está condicionada al abono de la responsabilidad civil. La pena de prisión queda en suspenso por lo que el condenado no debe cometer hechos delictivos por el término de dos años, una resolución a la que no cabe recurso alguno.
HECHOS PROBADOS
Se declara probado que el acusado J.A.C.R. como administrador único de la sociedad “Constructora Castillo de Serón S.L”, el 2 de diciembre de 2009 solicitó a través del Grupo de Desarrollo Rural de Almanzora, una subvención para la rehabilitación de un cortijo de su propiedad, sito en la barriada La Estación, S/N, de la localidad de Serón, con el objeto de realizar 7 viviendas rurales para alojamientos turísticos, contribuyendo así a consolidar el sector turístico a nivel local y comarcal.
Cumplidos todos los requisitos exigibles al acusado y al proyecto referido, el 22 de septiembre de 2010 J.A.C.R., como representante legal de la constructora celebró contrato con el Grupo de Desarrollo Rural de Almanzora, por el cual se le concedió una subvención para la realización de la actividad detallada, que sería financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un porcentaje del 80% aportando un total de 177.925,38 euros, y por la Junta de Andalucía en un porcentaje del 20% aportando un total de 44.481,35 euros, ascendiendo la cuantía total a 222.406,73 euros, y comprometiéndose el acusado a no modificar la naturaleza de la inversión durante un periodo de 5 años siguientes a su financiación, cumpliendo todas las condiciones generales y particulares de contratación, entre las que se incluían, la sujeción de las viviendas a fines turísticos y la creación y mantenimiento de empleo en el complejo.
En ejecución del contrato, el acusado percibió a través de la sociedad mercantil “Constructora Castillo de Serón S.L”, la cantidad de 65.496,78 euros a fecha 24 de marzo de 2012 y la cantidad de 154.677,82 a fecha 6 de febrero de 2013, ascendiendo finalmente la cantidad total percibida por el acusado a 220.174,60 euros, con los que construyó el complejo turístico y residencial “La Estación», sujeto al Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.
Pese a lo anterior, continúa el razonamiento jurídico, el acusado con ánimo de enriquecimiento injusto y siendo plenamente consciente de la sujeción del complejo a fines turísticos, incumpliendo el compromiso de contratación y las condiciones exigidas para la obtención de la subvención, nunca contrató personal encargado del mantenimiento y funcionamiento del complejo; siendo así que además el acusado el 1 de abril de 2013 celebró contrato de arrendamiento permanente de vivienda con J.L.D.G., por el cual le arrendó el alojamiento del complejo por un período de cinco años, así como en la misma fecha celebró contrato de arrendamiento permanente de vivienda con R.M. M. y D.M. P., por el cual les arrendó el alojamiento número 1 del complejo por un periodo de cinco años; celebrando el acusado sendos contratos contraviniendo el fin para el que fue concedida la subvención.
