
La justicia da la razón al Ayuntamiento de Albox, después de que el sindicato UGT interpusiera un recurso contencioso-administrativo al Acuerdo adoptado por este consistorio el 9 de marzo de 2017, y publicado en el BOP el 18 de abril del mismo año, por el que se aprobaba el Presupuesto General y la plantilla de personal para el año 2017.
La Unión General de Trabajadores, entendía que en lo que respecta a la amortización de cuatro plazas de bomberos que se contenía en la resolución que se intentaba impugnar, no era ajustada a derecho porque “suponía la vulneración del derecho al cargo que asiste a los funcionarios públicos, pues conlleva la supresión de facto del Cuerpo de Bomberos, alegando asimismo que no ha existido negociación colectiva de forma previa a la modificación de la RPT”.
Ahora el fallo con fecha 18 de noviembre, determina que “desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto el sindicato UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES frente al Acuerdo adoptado por el AYUNTAMIENTO DE ALBOX, en fecha de 9 de marzo de 2017, al ser éste ajustado a derecho; todo ello con expresa imposición de costas al recurrente”.
UGT sostenía que no había existido negociación colectiva de forma previa a la modificación de la RPT, pero en la documentación consultada por La Comarca Noticias, queda demostrado luego de una testifical que “sí existió negociación colectiva previa -el Acuerdo se adoptó el 9 de marzo y las reuniones se celebraron en febrero- por lo que este motivo de impugnación también debe decaer”.
La sentencia no es firme y ante ella cabe recurso de apelación.
Recordamos que el sindicato solicitó el expediente administrativo y posteriormente formuló la demanda, dándose traslado de ésta a la corporación, quien se personó en autos, contestando a las misma a través del letrado Alfredo Najas. Con relación a las pruebas, por ambas partes se solicitó la reproducción del expediente administrativo y la prueba documental, solicitándose además por la demandada la prueba testifical.